Asamblea
Constituyente y libre comercio
La Asamblea Constituyente que
se desarrolla en Bolivia desde agosto de 2006
es el escenario apropiado para debatir y consensuar
algunos principios que permitan contrarrestar
la radicalización neoliberal, que en los
últimos años tiende a ampliar ilimitadamente
los derechos de las corporaciones multinacionales
en detrimento de los derechos ciudadanos fundamentales.
Los diversos tratados de libre
comercio propuestos por las potencias del Norte
a las economías en desarrollo del Sur no
solo desconocen el régimen social y contradicen
la dignidad humana, sino que vulneran severamente
las Constituciones Políticas y obligan
a los Estados a no intervenir en el desarrollo
económico nacional de manera libre y soberana.
Una forma de contrarrestar tal
radicalización, y por ende evitar nuevas
arremetidas en el futuro, es que la Asamblea
Constituyente establezca algunos lineamientos
básicos de negociación de acuerdos
internacionales en lo referente al tratamiento
de la inversión extranjera; al papel del
Estado en el comercio exterior y a la preservación
de los servicios públicos, entre otros
aspectos.
En primer lugar, tendría
que ser un principio irrenunciable de toda negociación
y firma de acuerdos internacionales la transparencia,
el control social y la preservación de
los derechos humanos, los cuales deben
quedar por encima de cualquier tratado bilateral.
No hay que olvidar que los protagonistas deben
ser las personas y no a las empresas nacionales
y extranjeras.
En segundo lugar, el Estado tiene
todo el derecho de nacionalizar sus recursos
naturales e imponer reglas económicas,
sociales y jurídicas. Estas facultades
soberanas no pueden ser consideradas “impedimentos
comerciales” o “trabas” al comercio.
En ese marco, el Estado debe reasumir el control
del comercio exterior para evitar el monopolio
abusivo, frecuente en la actualidad, y proteger
el mercado interno.
En tercer lugar, los inversionistas
deben estar sujetos a las leyes nacionales,
lo que significa que cualquier controversia ser
resuelva en los tribunales locales. Debe ser condición
para los inversores la transferencia de tecnología
y la utilización preferente mano de obra
y materia prima nacionales.
Otro principio irrenunciable que
tendría que ser debatido en la Constituyente
es el estatus de los servicios públicos.
La propuesta es preservar la lógica
social y no mercantil en la administración
de los servicios esenciales como son
la educación, la salud y el saneamiento
básico, derechos humanos que no dependen
de las reglas del mercado y que no son objeto
de lucro.
En vista de que ya no es política
oficial la consolidación del mercado y
la desaparición del Estado sino el apuntalamiento
del Estado para que el país se defienda
de las inequidades externas, convendría
reflexionar sobre algunos mecanismos que
institucionalicen la Economía Solidaria
en la nueva Constitución. Un camino
sería proteger y promocionar formas asociativas
de producción, transformación y
comercialización solidarias como las cooperativas,
Organizaciones Económicas Campesinas (OECAs)
y microempresas.
En síntesis, la futura
Constitución tendría que considerar
un concepto casi olvidado por la cultura capitalista
que ensalza el individualismo y rinde culto a
la ganancia privada: la solidaridad.
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