El presidente de la Corte Suprema de Justicia de Bolivia, Freddy Reynolds, declaró que será “el Poder Ejecutivo, en última instancia, el que decidirá si da curso o no” a la detención preventiva del ex presidente Hugo Banzer, por su presunta participación en el denominado “Plan Cóndor”.
El futuro político del ex mandatario se definirá en la Asamblea de ADN que se realizará en febrero, donde se da por descontada la posesión de Jorge Quiroga, como nuevo jefe adenista.
El máximo tribunal de justicia emitió un documento, por el que aceptó el
exhorto suplicatorio referido al pedido del juez federal argentino Rodolfo
Canicoba Corral, quien solicita la captura preventiva, con fines de extradición,
del ex mandatario.
Reynolds informó que tras aceptar el exhorto, la Corte remitió el caso a la
Fiscalía para la emisión de un requerimiento, en un plazo de 10 días.
Explicó, asimismo, que “para el efecto de la detención de Banzer, la (Corte) Suprema devolverá el expediente al Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia, con la instrucción para que se proceda o no a la detención”.
Señaló que en ese momento será decisión del “Poder Ejecutivo determinar si procede o no procede, es decir, si cumple o no” la instrucción, puntualizó el magistrado.
El gobierno ya se pronunció por la improcedencia de la detención de Banzer, porque halló “vicios procedimentales de forma y de fondo”, según dijo, el 29 de diciembre, el ministro de Gobierno, Leopoldo Fernández, y lo ratificaron el ministro de la Presidencia, José Luis Lupo, y el canciller Gustavo Fernández.
Como en cualquier proceso que llega a la Corte Suprema, luego del requerimiento de la Fiscalía se procederá a designar a un Ministro Relator que deberá elaborar un proyecto que será considerado posteriormente por los jueces, agregó Reynolds.
De momento, las autoridades judiciales considerarán solamente si procede o no la detención preventiva del ex presidente Hugo Banzer, tarea demandada por Canicoba Corral.
Si la justicia boliviana se inclina por la detención, la entidad solicitante, en este caso el juez argentino, debe formalizar el pedido de extradición en un término de 60 días y no antes.
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