José Carlos Trujillo
 
 
 

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La Busqueda

Proceso Contra La Dictadura de Banzer en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de La O.E.A.

Caso 11.123 Detención Desaparición de José Carlos Trujillo Oroza

28 años es mucho tiempo y sin embargo parece que hubiera sido ayer. Una tarde a mediados de enero de 1972 partió mi madre para Santa Cruz. Los que nos quedamos en La Paz estabamos seguros que a su retorno volvería con José Carlos, o la “ñaña” como le decíamos sus hermanos. Pero mi madre volvió con una gran herida en el alma.

“El 23 de diciembre de 1971 mi hijo José Carlos Trujillo Oroza, estudiante de la Universidad Mayor de San Andrés de la cuidad de La Paz, de 21 años de edad, fue detenido sin orden judicial expedida por autoridad competente en la ciudad de Santa Cruz y trasladado a la comisaría policial de El Pari donde funcionaron oficinas de la Dirección de Orden Político (DOP).

El 15 de enero de 1972 mi persona confirmó, mediante información verbal proporcionada por el Coronel Rafael Loayza, Jefe de Inteligencia del Ministerio del Interior, que mi hijo había sido capturado. Asimismo logré tomar contacto con él y con el señor Ernesto Morant Lijeron, Jefe de la Dirección de Investigación Criminal (DIC) de la ciudad de Santa Cruz, quien autorizó que visitara a mi hijo por primera vez en la cárcel de El Pari solo por el espacio de cinco minutos al día y sin hacer preguntas ni comentarios de ninguna naturaleza bajo amenaza de no poder volverlo a ver.

Entre el 15 de enero y el 2 de febrero de 1972 mi persona logró visitar diariamente a José Carlos en la prisión de El Parí, comprobando que había sido sometido a evidentes torturas físicas y psicológicas.

El 2 de febrero de 1972 acudí a la prisión de El Parí para llevarle el almuerzo y pude observarlo a través de la puerta semiabierta de su celda. Ese mismo día por la tarde regresé a la comisaría de El Pari acompañada de la señora Guisela Brun Presidenta de la Cruz Roja. Fui informada por el señor Elías Moreno, Jefe de la Comisaría de El Pari, que mi hijo no se encontraba ahí y que había sido trasladado a la Central de Policía junto con otros dos detenidos, los señores Carlos López Adrián y Alfonso Toledo Rosado para ser interrogados.

El 3 de febrero de 1972 retorné a El Pari a las 7 de la mañana pero ya ninguno de los tres jóvenes se encontraba allí, me dirigí a la Central de Policía acompañada por la señora Beatriz de Toledo, esposa del señor Alfonso Toledo, quien también estaba detenido. El señor Oscar Menacho, miembro de la Dirección de Orden Político “DOP”, nos indicó que los tres detenidos habían sido llevados a Montero, población cercana a la ciudad de Santa Cruz. El señor Percy González Monasterio, entonces subjefe de la DOP en Santa Cruz, nos dijo que “todo ya se había solucionado” y que esperáramos al jefe de la DIC Ernesto Morant. El señor Justo Sarmiento Alanes, otro agente de la DOP, nos dijo que los detenidos habían sido trasladados en avión hasta el Paraguay. Finalmente, el señor Ernesto Morant llegó a la dependencia policial y, a requerimiento de mi persona, exhibió un radiograma firmado por el señor Juan Antonio Elío, SubSecretario del Ministerio del Interior en el cual ordenaba poner en libertad a los señores Carlos López Adrian, Alfonso Toledo Rosado y José Carlos Trujillo Oroza. Posteriormente se estableció que el radiograma era una prueba prefabricada por el Ministerio del Interior para ocultar los crímenes y asegurar la impunidad de los autores. ”

Los primeros meses fueron de zozobra. Había la esperanza de que lo hubieran traslado de prisión, de que estuviera confinado en otra región. Pero nada. Mi madre le envió una carta pública al arzobispo que lo bautizó a mi hermano. El, por intermedio de mi abuela, le respondió que tuviera “resignación” . ¡Pero mi madre no tuvo resignación!

Así fueron los años de la dictadura. Llenos de impotencia, incertidumbre y una rebeldía contenida. Creo que nuestra mas grande alegría fue la serie de dibujos de mi padre “El Quijote y los Perros”. Fue una forma de romper el silencio.

Cuando cayó la dictadura, mi padre pinto “flores” para celebrar el advenimiento de la democracia. Debo decir que siempre tuve la ilusión de que en algún rincón del aparato represivo banzerista estuviera todavía con vida mi hermano. Pero a José Carlos lo habían asesinado.

Mi madre se constituyó en parte civil del juicio a la Dictadura de Banzer iniciado por Marcelo Quiroga Santa Cruz en 1979, y luego cuando se formó la Comisión de Investigación de Detenidos Desaparecidos durante el gobierno de Hernan Siles Zuaso reavivo sus esperanzas de encontrar la verdad y la justicia.

Después de peregrinar infructuosamente durante 20 años por distintas dependencias del Estado, mi madre presentó una denuncia ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El 18 de febrero de 1993 la Comisión inició la tramitación del caso 11.123 solicitando información oficial al Gobierno de Bolivia. Casi dos años después, el Estado Boliviano reconoció los hechos denunciados. A partir de ese momento, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos inició un largo proceso para ver si el Estado Boliviano atendía de manera voluntaria los pedidos de nuestra familia:

· Investigación y esclarecimiento de los hechos para dar con los restos de José Carlos.

· Juicio y castigo para todos los autores materiales e intelectuales de su detención y desaparición.

· Inclusión en nuestro Código Penal del delito de desaparición forzada.

Los sucesivos gobiernos del MIR, el MNR y la ADN no hicieron nada para cumplir con estas demandas. Agotadas todas las gestiones “amistosas”, como se llaman en el ordenamiento internacional, el caso fue presentado oficialmente por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a la Corte Interamericana de Derechos Humanos con sede en San José de Costa Rica, el 9 de marzo de 1999.

Cuando el caso 11.123 llegó a la Corte Interamericana, el gobierno trató de detener el proceso internacional. Para ello inició una supuesta investigación a pedido de una defensora de reos pobres de Santa Cruz y contrató un Buffet de abogados en Estados Unidos para presentar un documento llenó de errores y tergiversaciones. Este escrito, que se denomina “excepciones preliminares”, afirmaba que el gobierno había cumplido con todas las demandas de la familia. Era algo inverosímil.

Frente a semejante mentirá mi madre tomo el avión y se fue a Costa Rica en enero de este año para asistir a la audiencia de la Corte Interamericana. Al llegar a Centroamérica, le informaron que el gobierno había retirado el documento de “excepciones preliminares” y que había aceptado su responsabilidad ante la Corte. En vista de esta situación la Corte emitió una sentencia el 26 de enero del 2.000, declarando que el Estado boliviano violó los derechos protegidos por los artículo 3 (Derecho al reconocimiento de la Personalidad Jurídica), 4 ( Derecho a la Vida), 5.1. y 5.2 (Derecho a la Integridad personal), 7 (Derecho a la Libertad personal), 8.1 (Garantías Judiciales) y 25 (Protección judicial), en conexión con el artículo 1.1 (Obligación de respetar los Derechos) todos de la Convención Interamericana de Derechos Humanos.

28 años mas tarde por fin se veía algo de luz al final del túnel.

Cuando se conoció la noticia en Bolivia, el Presidente Banzer dijo que no había tal sentencia y que en todo caso debía tratarse de otra Corte distinta a la de San José de Costa Rica. Sus ministros quisieron mostrar que todo el pleito era por dinero, por el monto de la indemnización. La reacción de mi madre fue categórica: “¡La vida no tiene precio! ¡Queremos el esclarecimiento de los hechos, encontrar los restos de José Carlos y el castigo a los culpables!”. Creo que las autoridades tardaron unas semanas en darse cuenta que en este país existimos personas que no están dispuestas a cruzar ríos de sangre ni por todo el oro del mundo.

Frente a este situación, desempolvaron la supuesta investigación que habían realizado el año pasado y se la hicieron llegar al Juez 5 de Instrucción en lo Penal de Santa Cruz.

Pasaron las semanas. El apoyo y la solidaridad de la población y los medios de comunicación fue creciendo. Mi madre insistía en que el gobierno no estaba haciendo nada para esclarecer los hechos. El 27 de marzo de este año, el juez 5 de Instrucción en lo Penal de Santa Cruz abrió sumario informativo por los delitos de tortura, vejamen y privación de libertad contra cuatro de los implicados. Lo pensamos mucho… Había el temor de que fuera sólo una cortina de humo, pero en todo caso por fin después de 28 años se había abierto una causa penal contra algunos de los implicados.

Fue entonces que mi madre viajó a Santa Cruz, conversó con nuestro Abogado, el Dr. Alvaro Infante del CEJIS, y decidimos iniciar una Querella criminal contra dichos imputados pidiendo la ampliación de la causa al delito de asesinato y la ampliación a los siguientes involucrados: Mario Adett Zamora, Juan Antonio Elio, Elías Moreno, Percy Gonzales Monasterio, Oscar Menacho, Ernesto Morant, Justo Sarmiento Alanes, Rafael Loayza y otros que resultaren implicados. Las razones de esta solicitud son obvias. Las penas para los delitos de Privación de Libertad y Vejamen y Tortura no superan los dos años y por lo tanto no permiten la detención preventiva ni siquiera por 24 horas. ¡Increíble!. Uno puede detener y torturar a una persona y no ir a la cárcel ni por un día. Otra cosa es si se los procesa por el delito de asesinato que tiene una pena de 30 años. En verdad, lo que pasó con mi hermano fue que lo victimaron a sangre fría, junto a otros dos muchachos, y luego hicieron desaparecer sus cuerpos y todo rastro de lo ocurrido.

Ahora, la pelota está en la cancha del fiscal y el juez. ¿Que van a hacer? Una actitud dilatoria o esquiva va a ser comunicada inmediatamente a la Corte Interamericana de Derechos Humanos que ha abierto un proceso de 120 días para definir las “reparaciones” que debe cumplir el Estado Boliviano. Negarse a ampliar el auto inicial al delito de asesinato será una señal que traerá consecuencias muy negativas al gobierno y al Estado bolivianos. Una sentencia de la Corte no es solamente un condena moral. En todas las Asambleas de la Organización de Estados Americanos se revisa el cumplimiento de las sentencias y se discuten medidas y sanciones para quienes las incumplen o las violan reiteradamente.

El caso 11.123 es el primer caso boliviano en llegar a la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Varios casos se presentaron a la Comisión, pero es la primera vez que la Corte dicta una sentencia que involucra al Estado boliviano. El fallo de la Corte ha creado condiciones, con las cuáles nunca antes contamos, para esclarecer los hechos, encontrar los resto de José Carlos y castigar a los culpables.

Pablo Solón Romero Oroza